En diciembre del 2024 el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique absolvió a los hijos de Nabila Rifo por el homicidio de Gerardo Bañares, expareja de su madre. Ahora, la Corte de Apelaciones de Coyhaique ratificó la decisión de forma unánime. Esto, luego que el Ministerio Público presentara un recurso de nulidad, sindicando a los hijos como autores de homicidio calificado. Sin embargo, se estableció nuevamente que actuaron en defensa propia, tras ser agredidos por Bañares. “Se rechaza, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por Matías Manzano Aguayo, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Coyhaique, en representación del Ministerio Público, en contra de la sentencia de 30 de diciembre de 2024, dictada por la sala única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal ”, indicó el fallo. El tribunal determinó que el acto se enmarcó en la legítima defensa. “Legítima defensa” “Nosotros argumentamos que esto fue una legítima defensa. Luis actuó para proteger su vida y la de su madre, quien ya había denunciado en dos ocasiones a Bañares”, sostuvo Mauricio Martínez, representante dele hijo mayor. En el juicio, se reveló que los hijos de Rifo atacaron a Bañares tras un enfrentamiento que culminó con 30 golpes: 17 realizados con una manopla por Luis Torres y 13 con un bate de béisbol por el menor de los hermanos, de entonces 17 años. No obstante, la defensa argumentó que los jóvenes actuaron motivados por el temor y la necesidad de proteger a su madre, quien llevaba meses sufriendo amenazas y agresiones por parte de Bañares. La resolución del tribunal tomó en cuenta las denuncias previas por violencia intrafamiliar, así como el contexto de abuso sostenido que vivió Rifo. En ese sentido, la justicia consideró que no se trató de un acto premeditado de violencia, sino de una reacción desesperada frente a una amenaza inminente. El caso generó amplio interés público debido al historial de violencia que ha rodeado la vida de Nabila Rifo, quien en 2016 sufrió un ataque brutal de su entonces pareja, Mauricio Ortega. Este caso estremeció al país, convirtiéndose en un símbolo de la violencia de género en Chile. Ortega fue condenado inicialmente a 26 años de prisión, pena que posteriormente fue reducida a 18 años por la Corte Suprema. Fuente: Publimetro
El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique absolvió a los hijos mayores de Nabila Rifo, Luis Torres Rifo y su hermano menor, por el homicidio de Gerardo Bañares, expareja de su madre. Los hechos ocurrieron el 1 de febrero de 2024, cuando ambos jóvenes atacaron a Bañares, de 35 años, quien había sido acusado de ejercer violencia intrafamiliar contra Rifo. El tribunal determinó que el acto se enmarcó en la legítima defensa, argumento central presentado por la defensa de los acusados. Mauricio Martínez, defensor penal público de Luis Torres, declaró en el pasado: Nosotros argumentamos que esto fue una legítima defensa. Luis actuó para proteger su vida y la de su madre, quien ya había denunciado en dos ocasiones a Bañares. En el juicio, se reveló que los hijos de Rifo atacaron a Bañares tras un enfrentamiento que culminó con 30 golpes: 17 realizados con una manopla por Luis Torres y 13 con un bate de béisbol por el menor de los hermanos, entonces 17 años. No obstante, la defensa argumentó que los jóvenes actuaron motivados por el temor y la necesidad de proteger a su madre, quien llevaba meses sufriendo amenazas y agresiones por parte del fallecido. La resolución del tribunal tomó en cuenta las denuncias previas por violencia intrafamiliar, así como el contexto abuso sostenido que vivió Rifo. En ese sentido, la justicia consideró que no se trató de un acto premeditado de violencia, sino una reacción desesperada frente a una amenaza inminente. El caso generó amplio interés público debido al historial violento que ha rodeado la vida Nabila Rifo. En 2016 sufrió un ataque brutal por parte Mauricio Ortega. Este caso estremeció al país convirtiéndose en un símbolo violencia género Chile. Ortega fue condenado inicialmente a 26 años prisión pena posteriormente reducida a 18 años Corte Suprema. Fuente: Publimetro
En diciembre del 2024 el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique absolvió a los hijos de Nabila Rifo por el homicidio de Gerardo Bañares, expareja de su madre. Ahora, la Corte de Apelaciones de Coyhaique ratificó la decisión de forma unánime. Esto, luego que el Ministerio Público presentara un recurso de nulidad, sindicando a los hijos como autores de homicidio calificado. Sin embargo, se estableció nuevamente que actuaron en defensa propia, tras ser agredidos por Bañares. “Se rechaza, sin costas, el recurso de nulidad interpuesto por Matías Manzano Aguayo, Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Coyhaique, en representación del Ministerio Público, en contra de la sentencia de 30 de diciembre de 2024, dictada por la sala única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal ”, indicó el fallo. El tribunal determinó que el acto se enmarcó en la legítima defensa. “Legítima defensa” “Nosotros argumentamos que esto fue una legítima defensa. Luis actuó para proteger su vida y la de su madre, quien ya había denunciado en dos ocasiones a Bañares”, sostuvo Mauricio Martínez, representante dele hijo mayor. En el juicio, se reveló que los hijos de Rifo atacaron a Bañares tras un enfrentamiento que culminó con 30 golpes: 17 realizados con una manopla por Luis Torres y 13 con un bate de béisbol por el menor de los hermanos, de entonces 17 años. No obstante, la defensa argumentó que los jóvenes actuaron motivados por el temor y la necesidad de proteger a su madre, quien llevaba meses sufriendo amenazas y agresiones por parte de Bañares. La resolución del tribunal tomó en cuenta las denuncias previas por violencia intrafamiliar, así como el contexto de abuso sostenido que vivió Rifo. En ese sentido, la justicia consideró que no se trató de un acto premeditado de violencia, sino de una reacción desesperada frente a una amenaza inminente. El caso generó amplio interés público debido al historial de violencia que ha rodeado la vida de Nabila Rifo, quien en 2016 sufrió un ataque brutal de su entonces pareja, Mauricio Ortega. Este caso estremeció al país, convirtiéndose en un símbolo de la violencia de género en Chile. Ortega fue condenado inicialmente a 26 años de prisión, pena que posteriormente fue reducida a 18 años por la Corte Suprema. Fuente: Publimetro
El Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Coyhaique absolvió a los hijos mayores de Nabila Rifo, Luis Torres Rifo y su hermano menor, por el homicidio de Gerardo Bañares, expareja de su madre. Los hechos ocurrieron el 1 de febrero de 2024, cuando ambos jóvenes atacaron a Bañares, de 35 años, quien había sido acusado de ejercer violencia intrafamiliar contra Rifo. El tribunal determinó que el acto se enmarcó en la legítima defensa, argumento central presentado por la defensa de los acusados. Mauricio Martínez, defensor penal público de Luis Torres, declaró en el pasado: Nosotros argumentamos que esto fue una legítima defensa. Luis actuó para proteger su vida y la de su madre, quien ya había denunciado en dos ocasiones a Bañares. En el juicio, se reveló que los hijos de Rifo atacaron a Bañares tras un enfrentamiento que culminó con 30 golpes: 17 realizados con una manopla por Luis Torres y 13 con un bate de béisbol por el menor de los hermanos, entonces 17 años. No obstante, la defensa argumentó que los jóvenes actuaron motivados por el temor y la necesidad de proteger a su madre, quien llevaba meses sufriendo amenazas y agresiones por parte del fallecido. La resolución del tribunal tomó en cuenta las denuncias previas por violencia intrafamiliar, así como el contexto abuso sostenido que vivió Rifo. En ese sentido, la justicia consideró que no se trató de un acto premeditado de violencia, sino una reacción desesperada frente a una amenaza inminente. El caso generó amplio interés público debido al historial violento que ha rodeado la vida Nabila Rifo. En 2016 sufrió un ataque brutal por parte Mauricio Ortega. Este caso estremeció al país convirtiéndose en un símbolo violencia género Chile. Ortega fue condenado inicialmente a 26 años prisión pena posteriormente reducida a 18 años Corte Suprema. Fuente: Publimetro