Durante la mañana de este jueves, el ministro de la Corte Suprema, Jean Pierre Matus aseveró que los chats de WhatsApp que lo involucran con el abogado Luis Hermosilla no existen, asegurando que son falsos. Ante esto, Matus dijo que esos chats son de una época en la que no formaba parte del Poder Judicial, es decir, la Corte Suprema. Dado lo anterior, en una conversación con prensa el ministro Matus señaló quela Comisión de Ética, este pleno y todo el Poder Judicial, tiene competencia para conocer la conducta ministerial de los ministros de esta corte. Y esos WhatsApp, que son falsos. Además, el ministro manifestó quey ustedes van a ver que no hay ningún WhatsApp mío, no hay. Yo se los desmiento y ellos lo único que hacen es poner un titular, haciendo parecer como que yo tuviera WhatsApp con el señor Hermosilla y no hay. Asimismo, Matus aclaró queno hay mensaje con el señor Hermosilla, respecto de ninguna designación, ni ninguna cosa de ese tipo. Finalmente, Jean Pierre Matus fue consultado por la relación con Luis Hermosilla y detalló queél era abogado penalista, no sé si ustedes se acuerdan, profesor de universidad. Llevo 20 años haciendo clases o 30, y conozco a la mayor parte de los abogados que litigan en Chile, y por esa razón yo conocía al señor Hermosilla.
Durante la mañana de este jueves, el Ministerio Público no accedió a entregar copias de unas conversaciones en WhatsApp relacionadas con el caso Hermosilla. Para detallar, el Comité de Ética de la Corte Suprema solicitó la entrega de dichas copias como parte de los antecedentes de la investigación penal que involucra al exjuez Juan Antonio Poblete Méndez y el abogado Luis Hermosilla Osorio. Sin embargo, el Fiscal Nacional, Ángel Valencia confirmó el rechazo de la solicitud. Para contextualizar, según Ciper Chile en la conversación por WhatsApp Migueles habría ofrecido al Fiscal Carlos Palma en el último proceso de elección pagarle un doctorado y posicionarlo a la cabeza de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte en reemplazo del fiscal Xavier Armendáriz. Asimismo, a través de un oficio el fiscal Ángel Valencia apuntó a que lo solicitado por la Corte Suprema está relacionado con información incluida en investigaciones penales en curso, argumentando que con lo establecido en el Código Procesal Penal estos antecedentes deben mantenerse en secreto. Cabe destacar que, Gonzalo Migueles, uno de los involucrados y actual pareja de la ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco solicitó al fiscal Valencia no entregar dichas conversaciones. Dado lo anterior, el fiscal Ángel Valencia manifestó quese mantiene el mayor ánimo de colaboración interinstitucional para el esclarecimiento de los hechos por parte de la Comisión de Ética de la Corte Suprema, conforme a las facultades del Ministerio Público.
La Fiscalía Regional Metropolitana Oriente confirmó la detención de seis imputados en el denominado caso Factop, entre ellos, seis integrantes del clan Sauer, además de otros tres individuos relacionados. Esta acción se llevó a cabo como resultado de una diligencia ordenada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, ejecutada durante la mañana de este lunes en distintos domicilios ubicados en Las Condes, Lo Barnechea y Vitacura. Los detenidos han sido identificados como Daniel Amir Sauer Adlerstein, Ariel Isaac Sauer Adlerstein, Rodrigo Topelberg Kleinkopf, Alberto Sauer Rosenwasser, Daniel Aníbal Cuadra Junes y Luis Patricio Flores Cuevas. El arresto fue realizado por personal de la Brigada de Delitos Económicos Metropolitana de la Policía de Investigaciones, quienes trasladaron a los imputados a la unidad policial, donde quedaron en calidad de imputados. La Fiscalía Oriente informó que se autorizó la entrada y registro de los domicilios de los investigados para incautar objetos y documentos potencialmente relacionados con el hecho investigado. Entre los elementos susceptibles de ser incautados se encuentran dispositivos electrónicos como celulares, tablets, así como videos y otros dispositivos tecnológicos que podrían servir como medio de prueba en la investigación. Se espera que durante la tarde de este lunes se lleve a cabo la formalización de los implicados en el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. Uno de los detenidos, Daniel Sauer, habría estado presente en una reunión con el abogado Luis Hermosilla y María Leonarda Villalobos, cuyo audio reveló presuntos pagos de coimas a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII). Es relevante recordar que en noviembre del año pasado, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió cancelar la inscripción de Factop Corredores de Bolsa de Productos S.A. del Registro de Corredores de Bolsa de Productos, en medio de cuestionamientos por su posible insolvencia.
En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por el abogado Mario Vargas. Este recurso buscaba evitar que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) accediera a los chats encontrados en el teléfono celular de Luis Hermosilla, en el marco de la investigación conocida como el Caso Audio. El argumento principal de Vargas radicaba en la presunta violación de su derecho a la privacidad si el Ministerio Público permitía el acceso a los antecedentes de la investigación. Sin embargo, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Mireya López, el ministro Alejandro Rivera y el abogado (i) Rodrigo Asenjo, determinó que no existía un derecho indubitado en riesgo que justificara la acción constitucional. En su fallo, la Corte estableció que el recurso de protección tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, pero que en este caso no se han presentado hechos concretos que constituyan una vulneración a las garantías constitucionales. El tribunal sostuvo que la presentación de Vargas se basaba en la posibilidad o eventualidad de que se produjera una afectación a sus garantías fundamentales, pero no en hechos concretos. Es importante recordar que Mario Vargas presentó el recurso a título personal, argumentando que las conversaciones mantenidas con Luis Hermosilla abarcaban temas tanto profesionales como personales, y que el acceso a estas comunicaciones podría infringir el secreto profesional. Sin embargo, la Corte determinó que no se han mencionado hechos concretos que respalden esta alegación. En la especie se requiere que exista una acción u omisión concreta a efectos de determinar la concurrencia de un derecho indubitado del recurrente, razón por la cual tiene aplicación la norma de inadmisibilidad prevista en el inciso segundo del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso del Protección de Garantías Constitucionales , señala el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Este lunes, la Organización de Trabajadoras y Trabajadores del Poder Judicial (OTJ) emitió un comunicado en el que expresaron su preocupación por las revelaciones que apuntan a posibles influencias del abogado Luis Hermosilla en los nombramientos al interior del Poder Judicial. Estas acusaciones surgieron tras la información divulgada por el medio Ciper, que reveló conversaciones de WhatsApp investigadas donde Hermosilla supuestamente habría intervenido en nombramientos de ministros en la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema. En particular, se señaló que Hermosilla habría realizado gestiones para facilitar la llegada de Jean Pierre Matus a la Corte Suprema y de Antonio Ulloa a la Corte de Apelaciones de Santiago durante el año 2021. La OTJ citó el Artículo 3 del Código Iberoamericano de Ética Judicial, que establece que los jueces deben manifestar que no reciben influencias, directas o indirectas, de ningún otro poder público o privado, interno o externo al orden judicial. En este contexto, las declaraciones del Ministro Ulloa fueron calificadas como gravísimas e inaceptables , denotando un comportamiento éticamente cuestionable por parte de los miembros del Poder Judicial. En respuesta a estas acusaciones, la OTJ solicitó a la Corte Suprema que inicie de manera inmediata un sumario administrativo para esclarecer la responsabilidad funcional en estos hechos, investigar a los responsables y aplicar las sanciones correspondientes según el ordenamiento jurídico. Además, la organización gremial instó al máximo tribunal a convocar a una mesa técnica que incluya a universidades, asociaciones del Poder Judicial, colegios de abogados y otros actores relevantes. El propósito de esta mesa sería discutir propuestas de cambio en el proceso de nombramiento y carrera funcionaria, con el fin de prevenir este tipo de comportamientos que afectan la integridad judicial y la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia.
Durante la mañana de este jueves, el ministro de la Corte Suprema, Jean Pierre Matus aseveró que los chats de WhatsApp que lo involucran con el abogado Luis Hermosilla no existen, asegurando que son falsos. Ante esto, Matus dijo que esos chats son de una época en la que no formaba parte del Poder Judicial, es decir, la Corte Suprema. Dado lo anterior, en una conversación con prensa el ministro Matus señaló quela Comisión de Ética, este pleno y todo el Poder Judicial, tiene competencia para conocer la conducta ministerial de los ministros de esta corte. Y esos WhatsApp, que son falsos. Además, el ministro manifestó quey ustedes van a ver que no hay ningún WhatsApp mío, no hay. Yo se los desmiento y ellos lo único que hacen es poner un titular, haciendo parecer como que yo tuviera WhatsApp con el señor Hermosilla y no hay. Asimismo, Matus aclaró queno hay mensaje con el señor Hermosilla, respecto de ninguna designación, ni ninguna cosa de ese tipo. Finalmente, Jean Pierre Matus fue consultado por la relación con Luis Hermosilla y detalló queél era abogado penalista, no sé si ustedes se acuerdan, profesor de universidad. Llevo 20 años haciendo clases o 30, y conozco a la mayor parte de los abogados que litigan en Chile, y por esa razón yo conocía al señor Hermosilla.
Durante la mañana de este jueves, el Ministerio Público no accedió a entregar copias de unas conversaciones en WhatsApp relacionadas con el caso Hermosilla. Para detallar, el Comité de Ética de la Corte Suprema solicitó la entrega de dichas copias como parte de los antecedentes de la investigación penal que involucra al exjuez Juan Antonio Poblete Méndez y el abogado Luis Hermosilla Osorio. Sin embargo, el Fiscal Nacional, Ángel Valencia confirmó el rechazo de la solicitud. Para contextualizar, según Ciper Chile en la conversación por WhatsApp Migueles habría ofrecido al Fiscal Carlos Palma en el último proceso de elección pagarle un doctorado y posicionarlo a la cabeza de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte en reemplazo del fiscal Xavier Armendáriz. Asimismo, a través de un oficio el fiscal Ángel Valencia apuntó a que lo solicitado por la Corte Suprema está relacionado con información incluida en investigaciones penales en curso, argumentando que con lo establecido en el Código Procesal Penal estos antecedentes deben mantenerse en secreto. Cabe destacar que, Gonzalo Migueles, uno de los involucrados y actual pareja de la ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco solicitó al fiscal Valencia no entregar dichas conversaciones. Dado lo anterior, el fiscal Ángel Valencia manifestó quese mantiene el mayor ánimo de colaboración interinstitucional para el esclarecimiento de los hechos por parte de la Comisión de Ética de la Corte Suprema, conforme a las facultades del Ministerio Público.
La Fiscalía Regional Metropolitana Oriente confirmó la detención de seis imputados en el denominado caso Factop, entre ellos, seis integrantes del clan Sauer, además de otros tres individuos relacionados. Esta acción se llevó a cabo como resultado de una diligencia ordenada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, ejecutada durante la mañana de este lunes en distintos domicilios ubicados en Las Condes, Lo Barnechea y Vitacura. Los detenidos han sido identificados como Daniel Amir Sauer Adlerstein, Ariel Isaac Sauer Adlerstein, Rodrigo Topelberg Kleinkopf, Alberto Sauer Rosenwasser, Daniel Aníbal Cuadra Junes y Luis Patricio Flores Cuevas. El arresto fue realizado por personal de la Brigada de Delitos Económicos Metropolitana de la Policía de Investigaciones, quienes trasladaron a los imputados a la unidad policial, donde quedaron en calidad de imputados. La Fiscalía Oriente informó que se autorizó la entrada y registro de los domicilios de los investigados para incautar objetos y documentos potencialmente relacionados con el hecho investigado. Entre los elementos susceptibles de ser incautados se encuentran dispositivos electrónicos como celulares, tablets, así como videos y otros dispositivos tecnológicos que podrían servir como medio de prueba en la investigación. Se espera que durante la tarde de este lunes se lleve a cabo la formalización de los implicados en el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. Uno de los detenidos, Daniel Sauer, habría estado presente en una reunión con el abogado Luis Hermosilla y María Leonarda Villalobos, cuyo audio reveló presuntos pagos de coimas a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII). Es relevante recordar que en noviembre del año pasado, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) decidió cancelar la inscripción de Factop Corredores de Bolsa de Productos S.A. del Registro de Corredores de Bolsa de Productos, en medio de cuestionamientos por su posible insolvencia.
En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por el abogado Mario Vargas. Este recurso buscaba evitar que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) accediera a los chats encontrados en el teléfono celular de Luis Hermosilla, en el marco de la investigación conocida como el Caso Audio. El argumento principal de Vargas radicaba en la presunta violación de su derecho a la privacidad si el Ministerio Público permitía el acceso a los antecedentes de la investigación. Sin embargo, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Mireya López, el ministro Alejandro Rivera y el abogado (i) Rodrigo Asenjo, determinó que no existía un derecho indubitado en riesgo que justificara la acción constitucional. En su fallo, la Corte estableció que el recurso de protección tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales, pero que en este caso no se han presentado hechos concretos que constituyan una vulneración a las garantías constitucionales. El tribunal sostuvo que la presentación de Vargas se basaba en la posibilidad o eventualidad de que se produjera una afectación a sus garantías fundamentales, pero no en hechos concretos. Es importante recordar que Mario Vargas presentó el recurso a título personal, argumentando que las conversaciones mantenidas con Luis Hermosilla abarcaban temas tanto profesionales como personales, y que el acceso a estas comunicaciones podría infringir el secreto profesional. Sin embargo, la Corte determinó que no se han mencionado hechos concretos que respalden esta alegación. En la especie se requiere que exista una acción u omisión concreta a efectos de determinar la concurrencia de un derecho indubitado del recurrente, razón por la cual tiene aplicación la norma de inadmisibilidad prevista en el inciso segundo del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso del Protección de Garantías Constitucionales , señala el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Este lunes, la Organización de Trabajadoras y Trabajadores del Poder Judicial (OTJ) emitió un comunicado en el que expresaron su preocupación por las revelaciones que apuntan a posibles influencias del abogado Luis Hermosilla en los nombramientos al interior del Poder Judicial. Estas acusaciones surgieron tras la información divulgada por el medio Ciper, que reveló conversaciones de WhatsApp investigadas donde Hermosilla supuestamente habría intervenido en nombramientos de ministros en la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema. En particular, se señaló que Hermosilla habría realizado gestiones para facilitar la llegada de Jean Pierre Matus a la Corte Suprema y de Antonio Ulloa a la Corte de Apelaciones de Santiago durante el año 2021. La OTJ citó el Artículo 3 del Código Iberoamericano de Ética Judicial, que establece que los jueces deben manifestar que no reciben influencias, directas o indirectas, de ningún otro poder público o privado, interno o externo al orden judicial. En este contexto, las declaraciones del Ministro Ulloa fueron calificadas como gravísimas e inaceptables , denotando un comportamiento éticamente cuestionable por parte de los miembros del Poder Judicial. En respuesta a estas acusaciones, la OTJ solicitó a la Corte Suprema que inicie de manera inmediata un sumario administrativo para esclarecer la responsabilidad funcional en estos hechos, investigar a los responsables y aplicar las sanciones correspondientes según el ordenamiento jurídico. Además, la organización gremial instó al máximo tribunal a convocar a una mesa técnica que incluya a universidades, asociaciones del Poder Judicial, colegios de abogados y otros actores relevantes. El propósito de esta mesa sería discutir propuestas de cambio en el proceso de nombramiento y carrera funcionaria, con el fin de prevenir este tipo de comportamientos que afectan la integridad judicial y la confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia.