La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó nuevas condenas contra exagentes por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura. En un fallo de segunda instancia, el tribunal ratificó penas que suman 12 años de cárcel para los ex miembros de la DINA Miguel Krassnoff Martchenko y Pedro Espinoza Bravo, por su responsabilidad en el secuestro calificado de dos dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria. La sentencia se enmarca en la investigación por los crímenes cometidos contra Cristian Mallol Comandari y Héctor González Osorio, ambos integrantes del comité central del MIR, quienes fueron detenidos entre diciembre de 1974 y septiembre de 1975. Durante ese periodo, permanecieron recluidos en distintos centros clandestinos de la Dirección de Inteligencia Nacional, donde fueron sometidos a torturas físicas y psicológicas de extrema gravedad. De acuerdo con el fallo, Krassnoff y Espinoza fueron condenados a 12 años de presidio mayor en su grado medio como autores de estos delitos. A ellos se suma la condena de siete años dictada contra José Aravena Ruiz, en calidad de autor del secuestro de Mallol. La resolución confirma lo ya dictado en septiembre del 2025 por la ministra en visita extraordinaria Paola Plaza Plaza. Desde la parte querellante, la abogada Carolina Vega, del estudio Caucoto, valoró la decisión judicial, destacando que “después de décadas de impunidad, por fin se ratifica la condena contra los responsables de torturas brutales”. Asimismo, subrayó que las familias de las víctimas han debido cargar durante años con las consecuencias de estos crímenes, en un proceso de búsqueda de justicia que ha sido largo y complejo. Los condenados cumplen actualmente penas en el penal de Punta Peuco por otros casos de violaciones a los derechos humanos. En particular, Krassnoff acumula más de mil años de condena por diversos delitos, mientras que Espinoza, quien fue subdirector de inteligencia de la DINA y jefe del centro de detención Villa Grimaldi, enfrenta múltiples sentencias por su rol en desapariciones y ejecuciones de opositores. Uno de los episodios más emblemáticos vinculados a este caso es la denominada “Conferencia de Prensa” de febrero del 1975. En esa ocasión, cuatro dirigentes del MIR, entre ellos Mallol y González, fueron obligados a participar en un montaje comunicacional organizado por la DINA. Bajo coerción y tortura, debieron leer un listado falso sobre la supuesta muerte, detención o exilio de militantes, con el objetivo de mostrar una aparente derrota del movimiento. Con el tiempo, se comprobó que se trató de una operación de propaganda destinada a encubrir la represión ilegal. Este montaje fue parte de una estrategia mayor que derivó en la llamada Operación Colombo, en la que 119 chilenos fueron falsamente dados por muertos en el extranjero, pese a encontrarse detenidos y desaparecidos en Chile. El Informe Rettig ya había advertido sobre estas prácticas, señalando que la DINA utilizó a las propias víctimas para difundir información falsa, integrándolas forzadamente al engranaje represivo. Aunque Mallol y González lograron sobrevivir y salir del país, otros dirigentes involucrados en estos montajes fueron asesinados meses después. Hablamos de Humberto Menateau y Hernán Carrasco. Fuente: Publimetro
La justicia chilena ha dictado una nueva condena contra Miguel Krassnoff Martchenko, ex brigadier del Ejército y ex agente de la DINA, elevando a más de mil años las penas acumuladas en su contra por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura. El ex uniformado fue sentenciado a 15 años de presidio por el secuestro calificado de Dignaldo Herminio Araneda Pizzini, detenido y desaparecido en 1974. El fallo fue emitido en primera instancia por la ministra en visita extraordinaria Paola Plaza, de la Corte de Apelaciones de Santiago, quien confirmó la participación directa de Krassnoff en la detención y desaparición del joven militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Los hechos se remontan a la madrugada del 10 de agosto de 1974. Dignaldo Araneda, estudiante de la Universidad de Chile y oriundo de Concepción, se encontraba alojando temporalmente en una vivienda ubicada en la comuna de La Reina. Cerca de las 02:30 horas, agentes armados llegaron hasta el inmueble identificándose como miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). Tras solicitar documentos de identidad y exhibir una orden de allanamiento dirigida a otro residente, Araneda fue detenido sin explicación formal ni información sobre su destino. Desde ese momento, su paradero se mantiene desconocido, según informó T13. La investigación judicial logró determinar que Araneda fue trasladado inicialmente al cuartel Londres 38, uno de los principales centros de detención clandestinos que operaron durante la dictadura. Testigos lo identificaron en dicho recinto, que estaba bajo el mando del mayor del Ejército Marcelo Moren Brito, fallecido en 2015. En ese lugar actuaban diversos agentes, entre ellos Miguel Krassnoff, quien en ese momento integraba la Brigada Caupolicán y ejercía como jefe del Grupo Halcón. Posteriormente, la víctima habría sido trasladada al centro de detención Cuatro Álamos, último recinto donde se le perdió definitivamente el rastro. Esta nueva sentencia se suma a una extensa lista de condenas dictadas contra Krassnoff por distintos delitos de lesa humanidad, lo que eleva sus penas acumuladas a más de mil años de cárcel. La resolución reafirma el carácter imprescriptible de los crímenes cometidos durante la dictadura. El fallo también establece que la desaparición forzada de Dignaldo Araneda se enmarca en un patrón sistemático de persecución política ejecutado por la DINA, organismo dirigido entonces por Manuel Contreras Sepúlveda. Desde el Estudio Caucoto Abogados, la abogada Carolina Vega valoró la sentencia y destacó su relevancia para la familia de la víctima. “Han pasado más de 50 años y recién ahora se dicta una sentencia por el secuestro calificado de Dignaldo Araneda. En un contexto hostil para los derechos humanos, una nueva condena contra Miguel Krassnoff constituye un acto de justicia”, señaló. Pese a las diligencias judiciales impulsadas durante décadas, el paradero de Dignaldo Herminio Araneda Pizzini continúa siendo desconocido, manteniéndose vigente la demanda de verdad, justicia y memoria por los crímenes cometidos durante la dictadura en Chile. Fuente: Publimetro
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó nuevas condenas contra exagentes por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura. En un fallo de segunda instancia, el tribunal ratificó penas que suman 12 años de cárcel para los ex miembros de la DINA Miguel Krassnoff Martchenko y Pedro Espinoza Bravo, por su responsabilidad en el secuestro calificado de dos dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria. La sentencia se enmarca en la investigación por los crímenes cometidos contra Cristian Mallol Comandari y Héctor González Osorio, ambos integrantes del comité central del MIR, quienes fueron detenidos entre diciembre de 1974 y septiembre de 1975. Durante ese periodo, permanecieron recluidos en distintos centros clandestinos de la Dirección de Inteligencia Nacional, donde fueron sometidos a torturas físicas y psicológicas de extrema gravedad. De acuerdo con el fallo, Krassnoff y Espinoza fueron condenados a 12 años de presidio mayor en su grado medio como autores de estos delitos. A ellos se suma la condena de siete años dictada contra José Aravena Ruiz, en calidad de autor del secuestro de Mallol. La resolución confirma lo ya dictado en septiembre del 2025 por la ministra en visita extraordinaria Paola Plaza Plaza. Desde la parte querellante, la abogada Carolina Vega, del estudio Caucoto, valoró la decisión judicial, destacando que “después de décadas de impunidad, por fin se ratifica la condena contra los responsables de torturas brutales”. Asimismo, subrayó que las familias de las víctimas han debido cargar durante años con las consecuencias de estos crímenes, en un proceso de búsqueda de justicia que ha sido largo y complejo. Los condenados cumplen actualmente penas en el penal de Punta Peuco por otros casos de violaciones a los derechos humanos. En particular, Krassnoff acumula más de mil años de condena por diversos delitos, mientras que Espinoza, quien fue subdirector de inteligencia de la DINA y jefe del centro de detención Villa Grimaldi, enfrenta múltiples sentencias por su rol en desapariciones y ejecuciones de opositores. Uno de los episodios más emblemáticos vinculados a este caso es la denominada “Conferencia de Prensa” de febrero del 1975. En esa ocasión, cuatro dirigentes del MIR, entre ellos Mallol y González, fueron obligados a participar en un montaje comunicacional organizado por la DINA. Bajo coerción y tortura, debieron leer un listado falso sobre la supuesta muerte, detención o exilio de militantes, con el objetivo de mostrar una aparente derrota del movimiento. Con el tiempo, se comprobó que se trató de una operación de propaganda destinada a encubrir la represión ilegal. Este montaje fue parte de una estrategia mayor que derivó en la llamada Operación Colombo, en la que 119 chilenos fueron falsamente dados por muertos en el extranjero, pese a encontrarse detenidos y desaparecidos en Chile. El Informe Rettig ya había advertido sobre estas prácticas, señalando que la DINA utilizó a las propias víctimas para difundir información falsa, integrándolas forzadamente al engranaje represivo. Aunque Mallol y González lograron sobrevivir y salir del país, otros dirigentes involucrados en estos montajes fueron asesinados meses después. Hablamos de Humberto Menateau y Hernán Carrasco. Fuente: Publimetro
La justicia chilena ha dictado una nueva condena contra Miguel Krassnoff Martchenko, ex brigadier del Ejército y ex agente de la DINA, elevando a más de mil años las penas acumuladas en su contra por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura. El ex uniformado fue sentenciado a 15 años de presidio por el secuestro calificado de Dignaldo Herminio Araneda Pizzini, detenido y desaparecido en 1974. El fallo fue emitido en primera instancia por la ministra en visita extraordinaria Paola Plaza, de la Corte de Apelaciones de Santiago, quien confirmó la participación directa de Krassnoff en la detención y desaparición del joven militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Los hechos se remontan a la madrugada del 10 de agosto de 1974. Dignaldo Araneda, estudiante de la Universidad de Chile y oriundo de Concepción, se encontraba alojando temporalmente en una vivienda ubicada en la comuna de La Reina. Cerca de las 02:30 horas, agentes armados llegaron hasta el inmueble identificándose como miembros de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). Tras solicitar documentos de identidad y exhibir una orden de allanamiento dirigida a otro residente, Araneda fue detenido sin explicación formal ni información sobre su destino. Desde ese momento, su paradero se mantiene desconocido, según informó T13. La investigación judicial logró determinar que Araneda fue trasladado inicialmente al cuartel Londres 38, uno de los principales centros de detención clandestinos que operaron durante la dictadura. Testigos lo identificaron en dicho recinto, que estaba bajo el mando del mayor del Ejército Marcelo Moren Brito, fallecido en 2015. En ese lugar actuaban diversos agentes, entre ellos Miguel Krassnoff, quien en ese momento integraba la Brigada Caupolicán y ejercía como jefe del Grupo Halcón. Posteriormente, la víctima habría sido trasladada al centro de detención Cuatro Álamos, último recinto donde se le perdió definitivamente el rastro. Esta nueva sentencia se suma a una extensa lista de condenas dictadas contra Krassnoff por distintos delitos de lesa humanidad, lo que eleva sus penas acumuladas a más de mil años de cárcel. La resolución reafirma el carácter imprescriptible de los crímenes cometidos durante la dictadura. El fallo también establece que la desaparición forzada de Dignaldo Araneda se enmarca en un patrón sistemático de persecución política ejecutado por la DINA, organismo dirigido entonces por Manuel Contreras Sepúlveda. Desde el Estudio Caucoto Abogados, la abogada Carolina Vega valoró la sentencia y destacó su relevancia para la familia de la víctima. “Han pasado más de 50 años y recién ahora se dicta una sentencia por el secuestro calificado de Dignaldo Araneda. En un contexto hostil para los derechos humanos, una nueva condena contra Miguel Krassnoff constituye un acto de justicia”, señaló. Pese a las diligencias judiciales impulsadas durante décadas, el paradero de Dignaldo Herminio Araneda Pizzini continúa siendo desconocido, manteniéndose vigente la demanda de verdad, justicia y memoria por los crímenes cometidos durante la dictadura en Chile. Fuente: Publimetro