Durante la semana se dio a conocer el dictamen de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que dejó en libertad condicional al agresor de Nabila Rifo, quien la dejó con pérdida total de su visión en 2016, Mauricio Ortega. Él alcanzó a cumplir 8 años y 8 meses de su condena de 18 años. PUBLICIDAD En reacción, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, anunció que instruirá a la Dirección Nacional de SernamEG a presentar una apelación contra la decisión, y que solicitará medidas de protección adicionales para Rifo en la ciudad de Coyhaique. El SernamEG descartó que haya existido negligencia en libertad condicional, indicó que “ ni la víctima ni el Servicio fueron debidamente notificados”. Agregando que “en este caso, la exfuncionaria del Servicio a la que se le envió la notificación vía correo electrónico, se encuentra destituida desde 2025 a raíz de un sumario administrativo ajeno a este tema”. Sin embargo, el Juzgado de Garantía de Coyhaique desmintió al SernamEG y a la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, y certificó que sí fue notificada Nabila Rifo sobre la solicitud de libertad condicional de Ortega. El medio Biobío señaló que dicha diligencia se realizó el pasado 9 de septiembre del presente año, casi un mes antes de la audiencia que dictó la libertad condicional, según lo afirmado en un escrito del tribunal. Se afirmó que el organismo público no asesoró a la víctima para que pudiera oponerse a la solicitud de su agresor. En el caso de que esto se hubiese efectuado, la resolución de la Corte de Apelaciones pudo haber sido otra. El certificado del Poder Judicial indica que a pesar de haber sido “debidamente notificada”, Nabila Rifo no había “evacuado descargos o alegaciones respecto de la solicitud de libertad condicional solicitada por el condenado Mauricio Orlando Ortega Ruiz”. PUBLICIDAD Con respecto a lo apuntado desde el SernamEG que la notificación no se realizó en el domicilio actual de la víctima, el medio citado se comunicó con fuentes expertas que afirmaron que Rifo y su abogada son responsables de informar el cambio de dirección. No existen registros de una solicitud en ese sentido. Asimismo, el reportaje publicado por Biobío desmiente una versión entregada por la ministra Orellana en el matinal “Mucho Gusto” sobre el término de la representación de la abogada de Nabila Rifo. En dicha entrevista, la jefa de la cartera apuntó que el patrocinio existía hasta que exista una pena ejecutoria. No obstante, se expuso en un documento de agosto de 2016, que la representación sería hasta que se completara la pena, es decir, hasta 2034. Dicho mandato fue firmado ante la Primera Notaría de Coyhaique. Con respecto a la destitución de la abogada que representaba a Nabila, en el caso de que se le haya informado a la víctima, tenía dos opciones: que el servicio le ofreciera otro abogado o contratar a un representante por sus propios medios. Ninguna acción se efectuó. Fuente: Publimetro
El Poder Judicial confirmó el sábado 26 de julio la suspensión de la jueza Irene Rodríguez, quien firmó la orden que liberó al sicario venezolano responsable del asesinato de José Felipe Reyes, conocido como el “Rey de Meiggs”. A cargo del sumario disciplinario en el 8° Juzgado de Garantía estaba la fiscal Clara Carrasco, quien decidió suspender a Rodríguez y a una funcionaria del tribunal mientras se lleva a cabo la investigación. La decisión se tomó el viernes 25 de julio después de las diligencias correspondientes y se informó el sábado. El sumario fue instruido por la Corte de Apelaciones el pasado 15 de julio y estaba bajo la responsabilidad de la fiscal Carrasco, según indicó el Poder Judicial en su sitio web oficial. Un informe realizado por la Corporación Administrativa del Poder Judicial reveló un “eventual error humano” en la liberación del sicario venezolano Alberto Carlos Mejía Hernández, uno de los imputados por el asesinato de José Felipe Reyes Ossa en el barrio Meiggs. Mejía Hernández, acusado de homicidio calificado contra el “Rey de Meiggs”, fue liberado el 10 de julio poco después de recibir prisión preventiva en una audiencia en el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. Una segunda orden administrativa, que corregía un error en el apellido falso del imputado (conocido como Osmar Ferrer), fue la causa de su liberación. Este error fue detectado en el Poder Judicial gracias al reclamo de uno de los defensores de los otros implicados en el crimen. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema revocó este lunes la prisión preventiva que cumple el exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, desde noviembre del año pasado en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber, tras ser formalizado por delitos sexuales que habría cometido en contra de una subalterna. En su reemplazo, se dictó arresto domiciliario total. Monsalve se encuentra tras las rejas en Capitán Yáber, un anexo penitenciario de la Cárcel de Alta Seguridad de Santiago destinado a imputados de alta connotación pública y/o por delitos económicos, desde el 23 de noviembre de 2024, luego de pasar algunos días en la cárcel de Rancagua. La exautoridad de Gobierno fue trasladada a dicho recinto por autorización del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, tras una petición de Gendarmería basada en 'la necesidad de proteger su vida e integridad física'. Noticia en desarrollo... Fuente: Meganoticias
Durante la semana se dio a conocer el dictamen de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que dejó en libertad condicional al agresor de Nabila Rifo, quien la dejó con pérdida total de su visión en 2016, Mauricio Ortega. Él alcanzó a cumplir 8 años y 8 meses de su condena de 18 años. PUBLICIDAD En reacción, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, anunció que instruirá a la Dirección Nacional de SernamEG a presentar una apelación contra la decisión, y que solicitará medidas de protección adicionales para Rifo en la ciudad de Coyhaique. El SernamEG descartó que haya existido negligencia en libertad condicional, indicó que “ ni la víctima ni el Servicio fueron debidamente notificados”. Agregando que “en este caso, la exfuncionaria del Servicio a la que se le envió la notificación vía correo electrónico, se encuentra destituida desde 2025 a raíz de un sumario administrativo ajeno a este tema”. Sin embargo, el Juzgado de Garantía de Coyhaique desmintió al SernamEG y a la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, y certificó que sí fue notificada Nabila Rifo sobre la solicitud de libertad condicional de Ortega. El medio Biobío señaló que dicha diligencia se realizó el pasado 9 de septiembre del presente año, casi un mes antes de la audiencia que dictó la libertad condicional, según lo afirmado en un escrito del tribunal. Se afirmó que el organismo público no asesoró a la víctima para que pudiera oponerse a la solicitud de su agresor. En el caso de que esto se hubiese efectuado, la resolución de la Corte de Apelaciones pudo haber sido otra. El certificado del Poder Judicial indica que a pesar de haber sido “debidamente notificada”, Nabila Rifo no había “evacuado descargos o alegaciones respecto de la solicitud de libertad condicional solicitada por el condenado Mauricio Orlando Ortega Ruiz”. PUBLICIDAD Con respecto a lo apuntado desde el SernamEG que la notificación no se realizó en el domicilio actual de la víctima, el medio citado se comunicó con fuentes expertas que afirmaron que Rifo y su abogada son responsables de informar el cambio de dirección. No existen registros de una solicitud en ese sentido. Asimismo, el reportaje publicado por Biobío desmiente una versión entregada por la ministra Orellana en el matinal “Mucho Gusto” sobre el término de la representación de la abogada de Nabila Rifo. En dicha entrevista, la jefa de la cartera apuntó que el patrocinio existía hasta que exista una pena ejecutoria. No obstante, se expuso en un documento de agosto de 2016, que la representación sería hasta que se completara la pena, es decir, hasta 2034. Dicho mandato fue firmado ante la Primera Notaría de Coyhaique. Con respecto a la destitución de la abogada que representaba a Nabila, en el caso de que se le haya informado a la víctima, tenía dos opciones: que el servicio le ofreciera otro abogado o contratar a un representante por sus propios medios. Ninguna acción se efectuó. Fuente: Publimetro
El Poder Judicial confirmó el sábado 26 de julio la suspensión de la jueza Irene Rodríguez, quien firmó la orden que liberó al sicario venezolano responsable del asesinato de José Felipe Reyes, conocido como el “Rey de Meiggs”. A cargo del sumario disciplinario en el 8° Juzgado de Garantía estaba la fiscal Clara Carrasco, quien decidió suspender a Rodríguez y a una funcionaria del tribunal mientras se lleva a cabo la investigación. La decisión se tomó el viernes 25 de julio después de las diligencias correspondientes y se informó el sábado. El sumario fue instruido por la Corte de Apelaciones el pasado 15 de julio y estaba bajo la responsabilidad de la fiscal Carrasco, según indicó el Poder Judicial en su sitio web oficial. Un informe realizado por la Corporación Administrativa del Poder Judicial reveló un “eventual error humano” en la liberación del sicario venezolano Alberto Carlos Mejía Hernández, uno de los imputados por el asesinato de José Felipe Reyes Ossa en el barrio Meiggs. Mejía Hernández, acusado de homicidio calificado contra el “Rey de Meiggs”, fue liberado el 10 de julio poco después de recibir prisión preventiva en una audiencia en el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. Una segunda orden administrativa, que corregía un error en el apellido falso del imputado (conocido como Osmar Ferrer), fue la causa de su liberación. Este error fue detectado en el Poder Judicial gracias al reclamo de uno de los defensores de los otros implicados en el crimen. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema revocó este lunes la prisión preventiva que cumple el exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, desde noviembre del año pasado en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber, tras ser formalizado por delitos sexuales que habría cometido en contra de una subalterna. En su reemplazo, se dictó arresto domiciliario total. Monsalve se encuentra tras las rejas en Capitán Yáber, un anexo penitenciario de la Cárcel de Alta Seguridad de Santiago destinado a imputados de alta connotación pública y/o por delitos económicos, desde el 23 de noviembre de 2024, luego de pasar algunos días en la cárcel de Rancagua. La exautoridad de Gobierno fue trasladada a dicho recinto por autorización del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, tras una petición de Gendarmería basada en 'la necesidad de proteger su vida e integridad física'. Noticia en desarrollo... Fuente: Meganoticias