Los 16 jueces de la Corte Suprema de Chile se sometieron voluntariamente a un examen de drogas el lunes 16 de junio. La prueba consistió en un análisis de cabello capaz de detectar el consumo de sustancias ilícitas hasta 90 días antes. Aunque inicialmente se estableció que solo una muestra aleatoria sería tomada, el pleno decidió que todos los jueces participarían. La ministra vocera de la Suprema, María Soledad Melo, explicó: “Esta es una decisión del pleno que busca dar a la ciudadanía una señal de probidad, confianza y legitimidad. Hasta ahora, los ministros podían ser seleccionados al azar, pero optamos por hacerlo de forma voluntaria como un cuerpo colegiado”. El procedimiento se llevó a cabo durante la mañana del lunes y contó con la participación de todos los ministros en ejercicio, incluido el presidente Ricardo Blanco Herrera. Según lo indicado por el máximo tribunal, los resultados de los exámenes serán entregados confidencialmente a la dirección de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. En caso de resultados negativos o ausencias, se informará al Pleno de la Corte Suprema. Sin embargo, si algún resultado es positivo, se seguirá el procedimiento establecido por el acta 203-2018. Este protocolo implica realizar una contra muestra y, en caso de confirmarse el consumo de sustancias ilegales, la persona será sometida a una evaluación clínica para determinar la dependencia. En caso de confirmarse esta dependencia, se informará al superior jerárquico y se iniciará un proceso de rehabilitación que podría incluir la suspensión del cargo por acuerdo del Pleno de la Corte Suprema. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema ratificó la ilegalidad de los pinchazos telefónicos a Josefina Huneeus en el marco de la investigación de la arista Procultura del caso Convenios. Tras la confirmación del fallo por parte de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, la Fiscalía Nacional se pronunció al respecto. El fiscal nacional, Ángel Valencia, destacó que de los cinco ministros presentes en la sala, tres eran ministros titulares y dos abogados integrantes, quienes por mayoría confirmaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Sin embargo, hubo dos votos en minoría que respaldaron el planteamiento del Ministerio Público. Valencia también señaló que el fallo mayoritario reconoce que ciertos pasajes de la sentencia cuestionados previamente eran innecesarios en el contexto de la resolución final. Esta sentencia se refiere a una diligencia específica, pero el caso Convenio es mucho más amplio y complejo, al igual que el caso Procultura. En relación con el impacto del fallo en la investigación, el fiscal nacional afirmó que aunque esperábamos que la corte revocara esta sentencia, su decisión no afecta en absoluto el curso de las investigaciones. El viernes 17 de mayo, la Fiscalía Nacional anunció la remoción del fiscal Patricio Cooper de la arista Procultura y designó al fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, para liderar la investigación. Esta medida se tomó luego de declararse ilegal el pinchazo a Josefina Huneeus, exesposa de Alberto Larraín, implicado en el caso. En ese contexto, se explicó que estas decisiones se toman para proteger el interés público y los principios fundamentales que rigen la actuación del Ministerio Público. Nuestro compromiso es garantizar el estricto cumplimiento de la ley, asegurar procesos justos y mantener la confianza de la ciudadanía en el sistema judicial. Consultado sobre posibles sanciones contra el fiscal Cooper, el fiscal nacional indicó que solicitamos un informe al fiscal regional de Coquimbo y una vez recibido revisaremos si es necesario iniciar una investigación disciplinaria. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema ha confirmado la sentencia que acogió un recurso de amparo en favor de la psiquiatra Josefina Huneeus Lagos, ordenando la destrucción de escuchas telefónicas en el Caso ProCultura. PUBLICIDAD Según lo informado por el Poder Judicial, la Segunda Sala del máximo tribunal respaldó la decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que previamente había declarado las irregularidades en las escuchas telefónicas realizadas. Los miembros de esta instancia fueron los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, y los abogados José Miguel Valdivia y Andrea Ruiz. En el fallo se menciona: “Que en el caso presente, las medidas intrusivas decretadas – que afectaban precisamente los derechos fundamentales ya expresados-, nocumplieron dichos estándares, por las razones que latamemte se expresan en la sentencia del a-quo, y que esta Corte comparte, haciéndose por tanto innecesaria su reiteración. De ello sigue que las resoluciones impugnadas en la acción constitucional impetrada devienen en ilegales, así como la ejecución de las medidas decretadas, y no pueden servir de sustento para una persecución penal en contra de la amparada, transformándose en consecuencia en una amenaza para su libertad personal”. Además se añadió: “Que no obsta a la solidez de los argumentos del fallo del tribunal de primer grado, ni menos puede estimarse que revelan un sesgo de parcialidad, la circunstancia de que en el párrafo primero del considerando duodécimo de la sentencia recurrida se haya introducido una frase -como un argumento retórico destinado a reforzar los razonamientos que le anteceden- que evoca la actuación de los órganos a cargo de la investigación y persecución penal en períodos dictatoriales, como quiera que dicha oración resultaba innecesaria y no desvirtúa, ni tampoco potencia, las reflexiones jurídicas de la aludida sentencia”. Es relevante destacar que los ministros Letelier y Valderrama emitieron votos en contra debido a su opinión de que no hubo ilegalidad en el accionar del Ministerio Público. Fuente: Publimetro
Luego del lapidario fallo emitido por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, donde se responsabiliza a la Fiscalía de avalar actuaciones policiales propias de la dictadura cívico militar en la arista Procultura del caso Convenio, debido a una serie de escuchas telefónicas ilegales en el marco de la indagatoria que llevaba adelante el fiscal Patrico Cooper, el Ministerio Público apeló a la resolución ante la Corte Suprema. El fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios -quien asumió la causa tras la remoción de Patricio Cooper- presentó un recurso de apelación ante el máximo tribunal tras el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que declaró ilegales las escuchas telefónicas realizadas a Josefina Huneeus. En la apelación, la Fiscalía asegura que el fallo contiene “opiniones personales o consideraciones de orden político”, agregando que “es dable prevenir la presencia de frases que no resulta posible identificar con un ejercicio correcto de aplicación del derecho, pues es evidente que no responden a paráfrasis de normas jurídicas vigentes, citas de resoluciones judiciales dictadas por otros tribunales de nuestro país, ni tampoco constituyen razonamientos doctrinarios que permitan fundamentar razonablemente la decisión adoptada”. Respecto a la calificación que hizo la Corte de Apelaciones de Antofagasta al señalar que las actuaciones del Ministerio Público son “propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulneradas por agentes del propio Estado”. El fiscal Castro las cuestinó. Sostuvo que “la emisión de apreciaciones sobre las aptitudes de los funcionarios que forman parte de la Policía de Investigaciones o la analogía entre el desarrollo de una diligencia y un período histórico de nuestro país es susceptible de ser calificado como impertinente, atendido que la potestad ejercida por todo tribunal de nuestro país no contempla una prerrogativa de tal índole”. En la apelación de la Fiscalía se pide a la Corte Suprema que “revoque la resolución recurrida y declare la legalidad de las resoluciones judiciales cuestionadas, así como también la de todas las diligencias y resoluciones que de ellas derivaron, en lo concerniente a la amparada”. De igual forma, pero en caso que no se acoga la apelación, el fiscal Castro pidió al máximo tribunal invalidar las referencias del fallo que contienen “opiniones personales o consideraciones de orden político”. Fuente: Publimetro
Este lunes, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por Manuel Monsalve -quien se encontraba en prisión preventiva tras ser acusado por delitos de índole sexual- y reemplazó la cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total, prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y arraigo nacional. El exsubsecretario del Interior se encontraba cumpliendo la máxima medida cautelar desde hace cerca de seis meses en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber, tras ser denunciado por una subalterna de la Subsecretaría del Interior. Una de las primeras personas que reaccionó fue la abanderada presidencial de Chile Vamos, Evelyn Matthei. “Lo único que hicieron costumbre fue la impunidad. Vergonzoso e indignante”, escribió en sus redes sociales. La frase, en referencia al slogan del gobierno: “Hasta que la dignidad se haga costumbre”. De todos modos, cabe recalcar que la decisión de acoger el amparo fue tomada por la Corte Suprema, el máximo tribunal judicial del país. Fuente: CNN Chile País
Los 16 jueces de la Corte Suprema de Chile se sometieron voluntariamente a un examen de drogas el lunes 16 de junio. La prueba consistió en un análisis de cabello capaz de detectar el consumo de sustancias ilícitas hasta 90 días antes. Aunque inicialmente se estableció que solo una muestra aleatoria sería tomada, el pleno decidió que todos los jueces participarían. La ministra vocera de la Suprema, María Soledad Melo, explicó: “Esta es una decisión del pleno que busca dar a la ciudadanía una señal de probidad, confianza y legitimidad. Hasta ahora, los ministros podían ser seleccionados al azar, pero optamos por hacerlo de forma voluntaria como un cuerpo colegiado”. El procedimiento se llevó a cabo durante la mañana del lunes y contó con la participación de todos los ministros en ejercicio, incluido el presidente Ricardo Blanco Herrera. Según lo indicado por el máximo tribunal, los resultados de los exámenes serán entregados confidencialmente a la dirección de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. En caso de resultados negativos o ausencias, se informará al Pleno de la Corte Suprema. Sin embargo, si algún resultado es positivo, se seguirá el procedimiento establecido por el acta 203-2018. Este protocolo implica realizar una contra muestra y, en caso de confirmarse el consumo de sustancias ilegales, la persona será sometida a una evaluación clínica para determinar la dependencia. En caso de confirmarse esta dependencia, se informará al superior jerárquico y se iniciará un proceso de rehabilitación que podría incluir la suspensión del cargo por acuerdo del Pleno de la Corte Suprema. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema ratificó la ilegalidad de los pinchazos telefónicos a Josefina Huneeus en el marco de la investigación de la arista Procultura del caso Convenios. Tras la confirmación del fallo por parte de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, la Fiscalía Nacional se pronunció al respecto. El fiscal nacional, Ángel Valencia, destacó que de los cinco ministros presentes en la sala, tres eran ministros titulares y dos abogados integrantes, quienes por mayoría confirmaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Sin embargo, hubo dos votos en minoría que respaldaron el planteamiento del Ministerio Público. Valencia también señaló que el fallo mayoritario reconoce que ciertos pasajes de la sentencia cuestionados previamente eran innecesarios en el contexto de la resolución final. Esta sentencia se refiere a una diligencia específica, pero el caso Convenio es mucho más amplio y complejo, al igual que el caso Procultura. En relación con el impacto del fallo en la investigación, el fiscal nacional afirmó que aunque esperábamos que la corte revocara esta sentencia, su decisión no afecta en absoluto el curso de las investigaciones. El viernes 17 de mayo, la Fiscalía Nacional anunció la remoción del fiscal Patricio Cooper de la arista Procultura y designó al fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, para liderar la investigación. Esta medida se tomó luego de declararse ilegal el pinchazo a Josefina Huneeus, exesposa de Alberto Larraín, implicado en el caso. En ese contexto, se explicó que estas decisiones se toman para proteger el interés público y los principios fundamentales que rigen la actuación del Ministerio Público. Nuestro compromiso es garantizar el estricto cumplimiento de la ley, asegurar procesos justos y mantener la confianza de la ciudadanía en el sistema judicial. Consultado sobre posibles sanciones contra el fiscal Cooper, el fiscal nacional indicó que solicitamos un informe al fiscal regional de Coquimbo y una vez recibido revisaremos si es necesario iniciar una investigación disciplinaria. Fuente: Publimetro
La Corte Suprema ha confirmado la sentencia que acogió un recurso de amparo en favor de la psiquiatra Josefina Huneeus Lagos, ordenando la destrucción de escuchas telefónicas en el Caso ProCultura. PUBLICIDAD Según lo informado por el Poder Judicial, la Segunda Sala del máximo tribunal respaldó la decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que previamente había declarado las irregularidades en las escuchas telefónicas realizadas. Los miembros de esta instancia fueron los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, y los abogados José Miguel Valdivia y Andrea Ruiz. En el fallo se menciona: “Que en el caso presente, las medidas intrusivas decretadas – que afectaban precisamente los derechos fundamentales ya expresados-, nocumplieron dichos estándares, por las razones que latamemte se expresan en la sentencia del a-quo, y que esta Corte comparte, haciéndose por tanto innecesaria su reiteración. De ello sigue que las resoluciones impugnadas en la acción constitucional impetrada devienen en ilegales, así como la ejecución de las medidas decretadas, y no pueden servir de sustento para una persecución penal en contra de la amparada, transformándose en consecuencia en una amenaza para su libertad personal”. Además se añadió: “Que no obsta a la solidez de los argumentos del fallo del tribunal de primer grado, ni menos puede estimarse que revelan un sesgo de parcialidad, la circunstancia de que en el párrafo primero del considerando duodécimo de la sentencia recurrida se haya introducido una frase -como un argumento retórico destinado a reforzar los razonamientos que le anteceden- que evoca la actuación de los órganos a cargo de la investigación y persecución penal en períodos dictatoriales, como quiera que dicha oración resultaba innecesaria y no desvirtúa, ni tampoco potencia, las reflexiones jurídicas de la aludida sentencia”. Es relevante destacar que los ministros Letelier y Valderrama emitieron votos en contra debido a su opinión de que no hubo ilegalidad en el accionar del Ministerio Público. Fuente: Publimetro
Luego del lapidario fallo emitido por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, donde se responsabiliza a la Fiscalía de avalar actuaciones policiales propias de la dictadura cívico militar en la arista Procultura del caso Convenio, debido a una serie de escuchas telefónicas ilegales en el marco de la indagatoria que llevaba adelante el fiscal Patrico Cooper, el Ministerio Público apeló a la resolución ante la Corte Suprema. El fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios -quien asumió la causa tras la remoción de Patricio Cooper- presentó un recurso de apelación ante el máximo tribunal tras el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que declaró ilegales las escuchas telefónicas realizadas a Josefina Huneeus. En la apelación, la Fiscalía asegura que el fallo contiene “opiniones personales o consideraciones de orden político”, agregando que “es dable prevenir la presencia de frases que no resulta posible identificar con un ejercicio correcto de aplicación del derecho, pues es evidente que no responden a paráfrasis de normas jurídicas vigentes, citas de resoluciones judiciales dictadas por otros tribunales de nuestro país, ni tampoco constituyen razonamientos doctrinarios que permitan fundamentar razonablemente la decisión adoptada”. Respecto a la calificación que hizo la Corte de Apelaciones de Antofagasta al señalar que las actuaciones del Ministerio Público son “propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulneradas por agentes del propio Estado”. El fiscal Castro las cuestinó. Sostuvo que “la emisión de apreciaciones sobre las aptitudes de los funcionarios que forman parte de la Policía de Investigaciones o la analogía entre el desarrollo de una diligencia y un período histórico de nuestro país es susceptible de ser calificado como impertinente, atendido que la potestad ejercida por todo tribunal de nuestro país no contempla una prerrogativa de tal índole”. En la apelación de la Fiscalía se pide a la Corte Suprema que “revoque la resolución recurrida y declare la legalidad de las resoluciones judiciales cuestionadas, así como también la de todas las diligencias y resoluciones que de ellas derivaron, en lo concerniente a la amparada”. De igual forma, pero en caso que no se acoga la apelación, el fiscal Castro pidió al máximo tribunal invalidar las referencias del fallo que contienen “opiniones personales o consideraciones de orden político”. Fuente: Publimetro
Este lunes, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por Manuel Monsalve -quien se encontraba en prisión preventiva tras ser acusado por delitos de índole sexual- y reemplazó la cautelar de prisión preventiva por arresto domiciliario total, prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y arraigo nacional. El exsubsecretario del Interior se encontraba cumpliendo la máxima medida cautelar desde hace cerca de seis meses en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber, tras ser denunciado por una subalterna de la Subsecretaría del Interior. Una de las primeras personas que reaccionó fue la abanderada presidencial de Chile Vamos, Evelyn Matthei. “Lo único que hicieron costumbre fue la impunidad. Vergonzoso e indignante”, escribió en sus redes sociales. La frase, en referencia al slogan del gobierno: “Hasta que la dignidad se haga costumbre”. De todos modos, cabe recalcar que la decisión de acoger el amparo fue tomada por la Corte Suprema, el máximo tribunal judicial del país. Fuente: CNN Chile País