En un reciente fallo, la Corte de Apelaciones de la Región del Biobío ha abordado un caso que pone de relieve las tensiones que pueden surgir en la convivencia vecinal debido a los ruidos generados por mascotas. La decisión, que califica los ladridos de un perro como violencia sorda, busca establecer un precedente sobre la responsabilidad de los dueños de animales en el contexto de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas. Este caso no solo plantea cuestiones legales, sino que también invita a reflexionar sobre el impacto del ruido en la salud y el bienestar de las personas, así como sobre la necesidad de medidas que promuevan una convivencia armónica en entornos residenciales. El tribunal determinó que la dueña del perro debe implementar medidas efectivas para mitigar el ruido y así preservar la tranquilidad de los vecinos, especialmente de la demandante. Según el fallo unánime de la Quinta Sala, la exposición continua a ruidos molestos puede tener efectos negativos en la salud, generando estrés y ansiedad, y agravando condiciones médicas preexistentes, lo que vulnera el derecho a una vida digna. La Corte ordenó a la propietaria del animal adoptar “medidas necesarias, efectivas y eficaces” para reducir el alboroto, sugiriendo, por ejemplo, el aislamiento acústico del área donde se encuentra el perro. Este fallo se enmarca dentro de la Ley N° 21.020 de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, que establece que los dueños deben evitar causar molestias a otros, incluyendo ruidos en contextos residenciales. El término “violencia sorda”, utilizado por el tribunal, ha generado curiosidad. El profesor de Derecho Civil de la Universidad del Desarrollo, Pedro Pablo Vergara, comentó que no había escuchado este término en su práctica académica, aclarando que no es una categoría legal, sino una forma de daño que no implica agresión física directa. Vergara destacó que en Chile existe regulación sobre los niveles de ruido permitidos, dado su impacto en la salud de las personas. Este caso resalta la importancia de la convivencia pacífica en comunidades residenciales y la responsabilidad de los dueños de mascotas en el manejo del comportamiento de sus animales.
La Corte de Apelaciones de Concepción ha dictado sentencia condenatoria contra una residente de Hualpén debido a los persistentes ladridos de su perro, luego de aceptar un recurso de protección presentado por una persona mayor que vivía en cercanías de la propietaria del animal. El tribunal ha catalogado los ruidos molestos como una forma de violencia sorda, argumentando que la exposición constante al sonido afectó la tranquilidad, la salud y la calidad de vida de la recurrente. En su veredicto, la Corte ha ordenado a la dueña del perro implementar medidas efectivas para controlar el comportamiento del animal, incluyendo, si es necesario, la instalación de aislamiento acústico en el lugar donde se encuentra el perro, con el objetivo de reducir la propagación de los ladridos hacia el entorno. La decisión judicial se basó en el impacto negativo que los ruidos generaban en la vida diaria de la mujer afectada, especialmente considerando su edad y posibles condiciones de salud agravadas por la falta de descanso. Además, se hizo hincapié en que la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía establece obligaciones para los dueños de animales, incluyendo la responsabilidad de evitar que estos causen daños o molestias a terceros, lo que fundamentó la resolución judicial. Asimismo, se determinó que será la municipalidad de Hualpén quien supervisará el cumplimiento de las medidas ordenadas, garantizando que la convivencia entre vecinos y animales no afecte los derechos fundamentales ni la calidad de vida de las personas que comparten el entorno. Fuente: Publimetro
En un reciente fallo, la Corte de Apelaciones de la Región del Biobío ha abordado un caso que pone de relieve las tensiones que pueden surgir en la convivencia vecinal debido a los ruidos generados por mascotas. La decisión, que califica los ladridos de un perro como violencia sorda, busca establecer un precedente sobre la responsabilidad de los dueños de animales en el contexto de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas. Este caso no solo plantea cuestiones legales, sino que también invita a reflexionar sobre el impacto del ruido en la salud y el bienestar de las personas, así como sobre la necesidad de medidas que promuevan una convivencia armónica en entornos residenciales. El tribunal determinó que la dueña del perro debe implementar medidas efectivas para mitigar el ruido y así preservar la tranquilidad de los vecinos, especialmente de la demandante. Según el fallo unánime de la Quinta Sala, la exposición continua a ruidos molestos puede tener efectos negativos en la salud, generando estrés y ansiedad, y agravando condiciones médicas preexistentes, lo que vulnera el derecho a una vida digna. La Corte ordenó a la propietaria del animal adoptar “medidas necesarias, efectivas y eficaces” para reducir el alboroto, sugiriendo, por ejemplo, el aislamiento acústico del área donde se encuentra el perro. Este fallo se enmarca dentro de la Ley N° 21.020 de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, que establece que los dueños deben evitar causar molestias a otros, incluyendo ruidos en contextos residenciales. El término “violencia sorda”, utilizado por el tribunal, ha generado curiosidad. El profesor de Derecho Civil de la Universidad del Desarrollo, Pedro Pablo Vergara, comentó que no había escuchado este término en su práctica académica, aclarando que no es una categoría legal, sino una forma de daño que no implica agresión física directa. Vergara destacó que en Chile existe regulación sobre los niveles de ruido permitidos, dado su impacto en la salud de las personas. Este caso resalta la importancia de la convivencia pacífica en comunidades residenciales y la responsabilidad de los dueños de mascotas en el manejo del comportamiento de sus animales.
La Corte de Apelaciones de Concepción ha dictado sentencia condenatoria contra una residente de Hualpén debido a los persistentes ladridos de su perro, luego de aceptar un recurso de protección presentado por una persona mayor que vivía en cercanías de la propietaria del animal. El tribunal ha catalogado los ruidos molestos como una forma de violencia sorda, argumentando que la exposición constante al sonido afectó la tranquilidad, la salud y la calidad de vida de la recurrente. En su veredicto, la Corte ha ordenado a la dueña del perro implementar medidas efectivas para controlar el comportamiento del animal, incluyendo, si es necesario, la instalación de aislamiento acústico en el lugar donde se encuentra el perro, con el objetivo de reducir la propagación de los ladridos hacia el entorno. La decisión judicial se basó en el impacto negativo que los ruidos generaban en la vida diaria de la mujer afectada, especialmente considerando su edad y posibles condiciones de salud agravadas por la falta de descanso. Además, se hizo hincapié en que la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía establece obligaciones para los dueños de animales, incluyendo la responsabilidad de evitar que estos causen daños o molestias a terceros, lo que fundamentó la resolución judicial. Asimismo, se determinó que será la municipalidad de Hualpén quien supervisará el cumplimiento de las medidas ordenadas, garantizando que la convivencia entre vecinos y animales no afecte los derechos fundamentales ni la calidad de vida de las personas que comparten el entorno. Fuente: Publimetro