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Tribunal ratifica Santuario de la Naturaleza Río Cochiguaz
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Tribunal ratifica Santuario de la Naturaleza Río Cochiguaz

Rechazan intento de anulación y respaldan decisión del Ministerio del Medio Ambiente

20 de mayo de 2025

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación de particulares que buscaban anular la declaratoria del Santuario de la Naturaleza Río Cochiguaz, en la región de Coquimbo. La instancia confirmó que el Ministerio del Medio Ambiente actuó conforme a la ley, fundamentando adecuadamente el Decreto Supremo N° 55 de 2021.

Los reclamantes, propietarios de un predio incluido en el santuario, habían cuestionado la legalidad del proceso y la falta de su consentimiento. Sin embargo, el Tribunal descartó cada una de sus alegaciones, señalando que el procedimiento fue técnico, participativo y ajustado a la normativa vigente al momento de su dictación.

Se reconoció el valor ecológico y cultural del área, que alberga humedales altoandinos, flora y fauna en categoría de conservación, y tradiciones culturales asociadas al territorio. El fallo también aclaró que no era necesario contar con el consentimiento de los dueños del terreno ni la intervención de otros organismos, como la Dirección de Fronteras y Límites del Estado.

El santuario de la naturaleza Río Cochiguaz, con una superficie aproximada de 49.315 hectáreas, se encuentra ubicado fuera del límite urbano de la comuna de Paihuano, región de Coquimbo, que abarca -de Este a Oeste- desde las nacientes del río Cochiguaz, colindante con la frontera con Argentina, hasta la comunidad de El Colorado.

Antecedentes:

  • 20 diciembre 2020: La comunidad indígena Canihuante presentó al Ministerio del Medio Ambiente (MMA) solicitud para declarar Santuario Naturaleza 'Río Cochiguaz'.
  • 21 diciembre 2021: MMA creó Santuario Naturaleza Río Cochiguaz (D.S. N°55/2021).
  • 24 octubre 2023: Reclamantes solicitaron invalidación decreto mencionado anteriormente.
  • 28 marzo 2024:MMA rechazó invalidación (Res. Ex. N°340/2024).
  • Luego los reclamantes presentaron reclamación ante Segundo Tribunal Ambiental contra decisión MMA admitida tramitación rol R-464-2024.
  • Alegatos realizados interviniendo abogados Eduardo Estay Rodríguez por los reclamantes y Nicolás Escobar Gómez por MMA Consejo Defensa Estado.


Fuente: DiarioElDia Región
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