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Error cartográfico no afecta declaración de Santuario Cruz Grande
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Error cartográfico no afecta declaración de Santuario Cruz Grande

Se confirma que la supuesta superposición con AMERB Temblador es irrelevante jurídicamente.

2 de marzo de 2025

El Primer Tribunal Ambiental dictó sentencia desestimando la reclamación presentada por el Sindicato de Trabajadores Independientes de Buzos Ayudantes, Pescadores y Recolectores de la Caleta Chungungo contra el Ministerio del Medio Ambiente. Con este fallo, se confirma la legalidad del Decreto Supremo N° 33/2023, que declara el Santuario de la Naturaleza Cruz Grande en la Región de Coquimbo.

El Tribunal concluyó que el D.S. N° 33/2023 fue tramitado y dictado antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.600, por lo que se rigió por las Leyes N° 19.300 y 17.288. De esta forma, tanto su procedimiento administrativo como la gestión del Santuario de la Naturaleza Cruz Grande se ajustaron a la normativa vigente en ese momento.

Además, el hecho de que la toma de razón de dicho decreto ocurriera después de la entrada en vigor de la Ley N° 21.600 no afecta su validez, ya que dicho trámite solo determina su eficacia, no su existencia.

Asimismo, se descartó la presunta superposición entre los polígonos del Santuario y el Área de Manejo de Recursos Bentónicos (AMERB) "Temblador". Esta última afirmación fue calificada como un error cartográfico sin relevancia jurídica para anular el acto administrativo.

Según la sentencia, "la tramitación del procedimiento y la dictación del acto final con el D.S. N° 33/2023 constituyen situaciones jurídicas consolidadas que no se ven alteradas por la entrada en vigor de la Ley N° 21.600, sin que resulte posible aplicar retroactivamente sus disposiciones, cuestión que está proscrita en nuestro ordenamiento".

Voto disidente

La decisión contó con el voto en contra de la Ministra Sandra Álvarez Torres, quien consideró que debía acogerse la reclamación debido a que se habría configurado una disociación entre existencia y eficacia del acto jurídico impugnado, además una efectiva superposición entre los polígonos del santuario y AMERB "Temblador".

Santuario de la Naturaleza Cruz Grande


El Santuario protege un ecosistema terrestre valioso con especies como lucumillo, cactáceas endémicas y herpetofauna rica. Con una extensión total esencialmente grande llegando hasta las hectáreas protegidas. En cuanto al Consejo Monumental Nacional destaca sobre todo su valor ambiental junto a potencialidades científicas investigativas según informe técnico emitido.

Fuente: Ministerio del Medio Ambiente - Chile.


Fuente: DiarioElDia Región
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