Logo FM Plus
FRECUENCIAS FMPLUS
BANNER EL VERDUGO DEL SUEÑO
BANNER COMO EN AQUELLOS TIEMPOS
BANNER CABINA MULTIMEDIA (1)
BANNER PLUS LIST
BANNER FIEBRE CLASICOS
BANNER PLUSNOCHE
SUTIDO REMIX
BANNER THE WEEKEND RETROPLUS
BANNER SUNDAY SUNSET (1)
CIUDAD FUNKY
FOREVER PLUS
FRECUENCIAS FMPLUS
BANNER EL VERDUGO DEL SUEÑO
Corte Suprema rechaza reclamo de carabinero por WhatsApp
Por

Corte Suprema rechaza reclamo de carabinero por WhatsApp

Un carabinero denunció violación de privacidad al descubrir que su colega tomó capturas de pantalla de sus conversaciones personales. La justicia determinó falta de protección en su cuenta.

11 de junio de 2025

Una situación inusual ocurrida en una comisaría ha generado un importante precedente judicial en relación al uso de plataformas de mensajería en entornos laborales. Un carabinero presentó un recurso de protección después de que su colega accediera a su sesión de WhatsApp Web, la cual él había dejado abierta en un computador compartido, y tomara capturas de pantalla de una conversación personal. A pesar de que el caso llegó hasta la Corte Suprema, el funcionario no logró revertir la decisión en su contra.

Todo comenzó cuando el carabinero sorprendió a su compañera imprimiendo pantallazos de una conversación suya con la intención de entregárselos a un superior. Esto sucedió mientras ambos utilizaban un equipo institucional compartido. Ante lo que consideró una seria invasión a su privacidad, el funcionario decidió recurrir a la justicia, argumentando la violación de sus derechos fundamentales como la vida privada, la honra y la protección de sus datos personales.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Copiapó no encontró convincente el argumento del carabinero y rechazó su solicitud. Según el tribunal, "es responsabilidad de cada funcionario, en calidad de usuario —de WhatsApp, en este caso—, el correcto cierre de las sesiones de los programas que abre, la seguridad de sus cuentas y contraseñas y, en general, todo el manejo de su información confidencial".

Un punto crucial en la resolución fue que el propio carabinero admitió haber dejado su sesión activa en un computador compartido. Esto llevó a la conclusión de que "permitió tácitamente que terceros pudieran acceder al contenido de su mensajería". Por lo tanto, se determinó que la acción de su colega, aunque controvertida, "no constituye un acto ilegal o arbitrario".

A pesar del intento del funcionario por revertir la decisión ante la Corte Suprema, el máximo tribunal del país confirmó lo dictaminado por la instancia previa. De esta manera, este caso sienta un precedente importante: dejar abierta una sesión personal en un equipo compartido puede interpretarse como consentimiento implícito para que terceros accedan, eximiendo de responsabilidad a quien accede si no se toman medidas básicas de protección.



Fuente: Publimetro

Temas Relacionados
PROMO PYME 2 desktop
Banner Conecta APP fmplus desktop
PROMO PYME 2 desktop
Banner Conecta APP fmplus desktop
Estudiantes Mediadoras certificadas en La Serena
Noticias
Primer chárter desde La Serena a Florianópolis
Regional
Justicia obliga a agresores a compensar a padres de fallecido en Macul
Nacional
entretenimiento
Magazine
música
Música
Machado no acudirá a recibir el Premio Nobel de la Paz
Internacional
TopTenyRetros
Programas
Frecuencias
Logo FM Plus
Antofagasta 106.7 FM
Calama 93.5 FM
Mejillones 95.5 FM
Copiapó y Tierra Amarilla 106.3 FM
Coquimbo y La Serena 104.9 FM
Canal TV 14.3 HD
Antofagasta
Concepción
Temuco
Santiago