














Corte valida destitución de funcionaria del Municipio de Coquimbo por viajes al extranjero
La justicia confirma la destitución de una trabajadora municipal por realizar viajes al extranjero durante licencias médicas vigentes. El tribunal determinó que la medida no fue ilegal ni arbitraria.
22 de diciembre de 2025
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de protección interpuesto por una funcionaria de la Municipalidad de Coquimbo, quien buscaba dejar sin efecto su destitución tras ser sancionada en un sumario administrativo por viajar al extranjero mientras se encontraba con licencias médicas vigentes.
El fallo, dictado el 18 de diciembre de 2025, concluyó que la medida disciplinaria fue adoptada dentro de un procedimiento legalmente tramitado, con respeto al debido proceso y dentro de las atribuciones de la autoridad municipal, descartando así la existencia de actos ilegales o arbitrarios que vulneraran garantías constitucionales.
La funcionaria, técnico jurídico del Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo, fue destituida luego de que un sumario acreditara que realizó viajes a México y España durante los años 2023 y 2024, totalizando 61 días fuera del país, de los cuales 50 estuvieron cubiertos por licencias médicas. La Municipalidad estimó que dichos hechos constituían una infracción grave al principio de probidad administrativa.
En su resolución, la Corte sostuvo que "la medida disciplinaria cuestionada se dictó en el marco de un procedimiento sumarial debidamente instruido", agregando que se formularon cargos, se permitió el acceso al expediente y se otorgó a la funcionaria la posibilidad de ejercer plenamente su derecho a defensa.
Asimismo, el tribunal señaló que no corresponde a la acción de protección "revisar el mérito o conveniencia del acto administrativo ni sustituir la apreciación técnica o discrecional del órgano competente", enfatizando que existen otras vías legales para impugnar este tipo de decisiones.
Respecto al fondo del asunto, la Corte fue categórica al indicar que los viajes al extranjero durante el goce de licencias médicas "se encuentran acreditados y fueron ponderados por la autoridad con potestad disciplinaria como una infracción grave al deber de probidad", descartando que la sanción aplicada resulte desproporcionada.
Finalmente, el fallo concluye que no se configuró vulneración a los derechos de igualdad ante la ley ni al derecho de propiedad sobre el cargo, precisando que este último "no puede estimarse como un derecho absoluto y cede ante la gravedad de la conducta no proba de la recurrente".
Con esta resolución, la Corte de Apelaciones confirmó la destitución aplicada por el municipio, dejando firme la sanción disciplinaria adoptada en contra de la funcionaria.
Fuente: DiarioElDia Región





































