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Acusación constitucional contra ministra del Interior es declarada inadmisible
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Acusación constitucional contra ministra del Interior es declarada inadmisible

La Cámara de Diputados rechazó el libelo presentado por el Partido Republicano, que acusaba a Carolina Tohá de comprometer la seguridad nacional.

10 de octubre de 2024

Por 67 votos a favor y 76 en contra, durante la jornada de este jueves 10 de octubre la Cámara de Diputados y Diputadas rechazó la acusación constitucional presentada por la bancada del Partido Republicano contra la ministra del Interior, Carolina Tohá, luego de ser declarada inadmisible.

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El libelo, llegó con informe negativo a la sala de la Cámara Baja, donde se comenzó a discutir pasadas las 10:00 horas, instancia donde diversos parlamentarios pidieron la palabra para entregar sus argumentos que se centraron principalmente en la crisis de seguridad que vive el país y cómo ha actuado la ministra Tohá al respecto.

Acusación constitucional contra Carolina Tohá
Acusación constitucional contra Carolina Tohá

Qué decía el libelo acusatorio

El libelo acusatorio fue presentado el 30 de septiembre pasado y contiene dos capítulos donde se acusa a la ministra Carolina Tohá de:

  • Haber infringido gravemente la Constitución, y haber dejado las leyes sin ejecución, al omitir adoptar medidas más eficaces para resguardar a la población de la delincuencia, el narcotráfico y el crimen organizado, en medio de la crisis de seguridad que se vive en el país
  • Haber infringido la Ley de migración y extranjería, al omitir adoptar medidas más eficaces para prevenir la vulneración de nuestras fronteras en medio de la crisis de migración ilegal.

La defensa de Carolina Tohá

Por su parte, la ministra Tohá -cuya defensa está en manos del expresidente del Consejo de Defensa del Estado, Juan Ignacio Piña- contestó a la acusación constitucional a través de un texto de 174 páginas, donde entre otras cosas indicó que en el libelo no se exponen “acciones u omisiones específicas, sino que se limitan a realizar afirmaciones que califican el mérito de mi gestión o presentan su disconformidad con ellas”.

A lo anterior agregó que la información contenida en el libelo “está llena de imprecisiones, deformaciones y generalizaciones tanto jurídicas como fácticas que hacen inadmisible la procedencia del libelo acusatorio”.

Sobre el segundo capítulo del libelo, aseguró que “los acusadores no me imputan pura y simplemente falta de acciones, sino que buscan sostener que las múltiples acciones que sí he realizado en cumplimiento de mis funciones no serían ‘suficientes’ ni ‘adecuadas’”, dijo.

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