














Corte Suprema rechaza enajenación mental de estudiante acusado de asesinato en Calama
La Corte Suprema rechazó la suspensión del proceso contra el joven imputado por el ataque en el Instituto Obispo Silva Lezaeta, ordenando nuevos peritajes para evaluar su estado mental.
15 de mayo de 2026
La Corte Suprema ha rechazado el recurso de amparo presentado por la defensa del estudiante de 18 años acusado de asesinar a una inspectora y herir a otras cuatro personas en un establecimiento educacional de Calama.
La defensa buscaba suspender el procedimiento penal argumentando una eventual inimputabilidad por enajenación mental del joven, quien enfrenta cargos por homicidio consumado y cuatro homicidios frustrados tras el ataque ocurrido el pasado 27 de marzo en el Instituto Obispo Silva Lezaeta, en la región de Antofagasta.
En un fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la resolución previamente adoptada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta y descartó que existieran antecedentes suficientes para paralizar la causa.
Según el máximo tribunal, los informes presentados por la defensa no acreditan que el imputado haya estado impedido de comprender la gravedad de sus actos.
“Los informes acompañados dan cuenta más bien de rasgos de personalidad no constitutivos de enajenación mental”, señala la resolución.
El fallo también destaca que existen antecedentes que sugieren una preparación previa del ataque.
“La existencia de una planificación previa y detallada del delito” fue un factor considerado por los ministros para rechazar el recurso, según lo consignado en la sentencia.
A pesar de rechazar la solicitud de la defensa, la Corte Suprema ha ordenado al Juzgado de Garantía correspondiente realizar un informe pericial del Servicio Médico Legal para continuar evaluando las facultades mentales del imputado.
La decisión fue tomada con tres votos a favor y dos en contra. Los ministros Leopoldo Llanos y Jorge Zepeda estuvieron a favor de acoger el recurso y suspender temporalmente el procedimiento judicial.
Fuente: Publimetro

























