














Revisión de cámaras y registros ante la Ley de Datos Personales
El Senado debate postergar la Ley 21.719, pero su entrada en vigor sigue programada para el 1 de diciembre de 2026, con multas de hasta $1.443 millones.
19 de octubre de 2026
Los edificios y condominios en Chile deberán ajustar sus prácticas en cuanto a la gestión de grabaciones de cámaras, registros de visitas y datos utilizados para autorizar el ingreso de personas, debido a la nueva Ley de Protección de Datos Personales. Esta normativa impone obligaciones para el manejo de dicha información, aunque aún se debate la posibilidad de postergar su implementación.
Según datos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el 30,6% de las familias que residen en zonas urbanas en Chile viven en condominios, ya sea en casas o departamentos. Por lo tanto, este tema afecta a una parte significativa de la población.
En estas comunidades, los sistemas de vigilancia y control de acceso pueden recopilar datos que permiten identificar a residentes, trabajadores y visitantes. Por consiguiente, la administración de esta información será un aspecto crucial a revisar por parte de las comunidades.
A pesar de que el Ejecutivo presentó un proyecto en septiembre para postergar por un año la entrada en vigor de la ley, esta aún se mantiene para el 1 de diciembre de 2026. El Boletín 18.623-07 continúa en su primer trámite constitucional en el Senado, específicamente en la Comisión de Constitución.
La normativa contempla multas que van desde 5.000 hasta 20.000 UTM, dependiendo de la gravedad de las infracciones. Estos montos equivalen aproximadamente a $361 millones, $722 millones y $1.443 millones respectivamente, según el valor actual de la unidad tributaria mensual.
Entre las prácticas que requieren especial atención se encuentran compartir grabaciones por WhatsApp, conservar indefinidamente registros de visitas y permitir acceso a las imágenes sin controles claros.
Aunque la regulación no prohíbe solicitar documentos como el carnet de identidad o registrar la patente de un vehículo, sí exige justificar la recopilación de datos y contempla su eliminación o anonimización cuando ya no sean necesarios.
José Miguel Oyarzo, CEO de EdiPro, destacó la falta de coordinación en algunos sistemas de administración de edificios:
“Muchos edificios fueron sumando cámaras, aplicaciones de acceso y libros de visitas por separado, a medida que surgía una necesidad, y hoy nadie tiene el mapa completo de qué datos se generan ni quién puede verlos. La pregunta no es si la ley se posterga o no, sino si una comunidad puede explicar con claridad quién administra las grabaciones, cuánto tiempo las guarda y a quién se las entrega”, afirmó.
Para detectar posibles vulnerabilidades, los residentes pueden consultar con su administración:
“Cualquier persona puede consultar quién administra las grabaciones, cuánto tiempo se guardan, quiénes acceden y si queda registro del acceso. Si la respuesta es ‘no sabemos’ o ‘depende’, ahí hay una brecha que conviene cerrar”, señaló Oyarzo.
A pesar del rechazo en mayo por parte del Senado respecto a la terna para el Consejo Directivo de la Agencia de Protección de Datos Personales, su instalación sigue pendiente. Mientras se resuelven los aspectos legislativos e institucionales pertinentes, revisar los procedimientos relacionados con el acceso, conservación y entrega de información permitirá a las comunidades prepararse para cumplir con las nuevas exigencias establecidas por esta ley.
Fuente: Publimetro



























