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Tricel inhabilita temporalmente a Daniel Jadue para votar
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Tricel inhabilita temporalmente a Daniel Jadue para votar

El fallo del Tricel afecta el derecho a sufragio del exalcalde, mientras que la aceptación de su candidatura a Diputado se resolverá separadamente.

12 de septiembre de 2025

La candidatura a diputado por el Distrito 9 de Daniel Jadue pende de un hilo después de que el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) resolviera acoger la apelación de Renovación Nacional al fallo del Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, excluyendo temporalmente del padrón electoral al exalcalde de Recoleta, afectando solo su derecho a sufragio más no su candidatura, según la resolución.

En el fallo del Tricel se indica que “atendido lo informado por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en orden a que el señor Óscar Daniel Jadue Jadue tiene la calidad de acusado desde el 7 de agosto de 2025, presentación sobre la cual recayó la resolución judicial de 11 del mismo mes y año, se dan a su respecto los presupuestos regulados en el artículo 16 N°2 de la Constitución Política de la República para la suspensión del derecho a sufragio”.

Asimismo, destaca “que la presente reclamación dice relación con la impugnación del Padrón Electoral Auditado y razona, por tanto, en torno al derecho a sufragio de don Óscar Daniel Jadue Jadue, siendo las materias relativas a la aceptación de su candidatura a Diputado, si bien vinculadas, propias de otra acción que se resolverá separadamente”.

Finalmente, el Tricel establece que “por estas consideraciones y normas legales citadas, se revoca la sentencia apelada de tres de septiembre de dos mil veinticinco, escrita a fojas 137 y siguientes (TCE) y, en su lugar se declara que se acoge la reclamación interpuesta por don Marcelo Alejandro Brunet Bruce y, en consecuencia, se dispone excluir del Padrón Electoral Auditado, a don Óscar Daniel Jadue Jadue”.

El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) resolvió este viernes excluir del padrón electoral a Daniel Jadue (PC), dejando al exalcalde de Recoleta inhabilitado para postular como candidato a diputado por el Distrito 9.

La resolución acogió la reclamación presentada por Renovación Nacional (RN) contra el fallo del Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, que el pasado 3 de septiembre había autorizado la candidatura.

En su sentencia, el Tricel determinó: “Se revoca la sentencia apelada (...) y, en su lugar, se declara que se acoge la reclamación interpuesta por don Marcelo Alejandro Brunet Bruce y, en consecuencia, se dispone excluir del Padrón Electoral Auditado a don Óscar Daniel Jadue Jadue”.

Marcelo Brunet, abogado de RN, destacó que el fallo reafirma su postura: “Daniel Jadue no puede ser candidato porque el concepto de acusado que establece el artículo 16 de la Constitución es muy claro y no admite distinciones”.



Fuente: Publimetro
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