26 de junio de 2025
La Corte de Apelaciones de Copiapó ha emitido una orden dirigida al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) para que proceda con la adquisición y suministro de un medicamento necesario para una adolescente que sufre de fibrosis quística. La joven requiere este medicamento para poder sobrellevar su enfermedad.
En una decisión unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, compuesta por los ministros Pablo Krumm de Almozara, Llilian Durán Barrera y el fiscal judicial Rodrigo Cid Mora, ha acogido la acción presentada. Esto se debe a que se ha determinado que el actuar de la parte demandada ha sido ilegal y arbitrario al negar la adquisición y administración del fármaco. Además, se ha establecido un plazo de cinco días hábiles, a partir de la ejecutoria de la sentencia, para que se realice el suministro del medicamento. Cabe destacar que existe una orden vigente de no innovar por parte del tribunal que obliga a Fonasa a suministrar provisionalmente el medicamento.
Según el fallo: “Que en el referido contexto no es posible atender los argumentos de la recurrida en cuanto afirma que no se encuentra comprobada la efectividad del medicamento materia del recurso...”
La resolución también señala: “Asimismo, no ha sido cuestionado que el referido fármaco se encuentra aprobado en Estados Unidos por la Drug Enforcement Administration (DEA) en 2019 y luego por la Agencia de medicamentos de la Unión Europea...”
Para el tribunal de alzada: “(…) la negativa de la recurrida a proporcionar el medicamento prescrito por la profesional tratante, ante el compromiso cierto de la integridad física e incluso, de la vida de la niña, aparece como arbitraria y atentatoria a lo prescrito en el artículo 19 Nº1 de la Carta Política…”
En conclusión, se ha resuelto: “SE ACOGE, sin costas, la acción constitucional de protección deducida por don Hernán Quiroz Valenzuela, por la niña (…) en contra del Fondo Nacional de Salud...”